... y la celebramos con este bonito vídeo con "La Primavera", perteneciente a "Las Cuatro Estaciones" de Antonio Vivaldi, como música de fondo.
sábado, 20 de marzo de 2010
viernes, 19 de marzo de 2010
¡Feliz Día del Padre!
Con mucho cariño, para todos los papás (y por extensión, también para todos los abuelos)
sábado, 13 de marzo de 2010
¿Hasta cuándo el biberón?
Los niños van creciendo, se hacen mayores y se lo decimos para que se sientan contentos: "Muy bien, Juan, qué mayor, ¡ya conoces todas las letras!". Es una satisfacción para un niño que le reconozcan sus méritos y sobre todo que le digan que "se está haciendo mayor".
jueves, 11 de marzo de 2010
Derechos de los niños a escuchar cuentos
1. Todo niño, sin distinción de raza, idioma o religión, tiene derecho a escuchar los más hermosos cuentos de la tradición oral de los pueblos, especialmente aquellos que estimulen su imaginación y su capacidad crítica.
miércoles, 10 de marzo de 2010
martes, 9 de marzo de 2010
San Andrés 2009
Aquí estamos celebrando el Día de San Andrés. Corrimos los cacharros, los carros, asamos castañas... lo pasamos fenomenal.
lunes, 8 de marzo de 2010
8 de marzo, Día Internacional de la Mujer
¡Cuánto trabajan nuestras mamás, abuelas, tías, maestras...! Y no sólo en sus trabajos, sino en casa, donde se hacen las tareas más duras y menos reconocidas. Como homenaje a ellas, les dedicamos este vídeo titulado "El retrato femenino a lo largo de 500 años de arte occidental", del artista norteamericano Philip Scott Johnson, una auténtica maravilla. ¡Felicidades a todas!
sábado, 6 de marzo de 2010
El Periodo de Adaptación.
El Periodo de Adaptación es motivo de alegría para la mayoría de los niños que se incorporan por primera vez a la escuela. Para otros es algo traumático. Les dejo una pequeña presentación que podrá servir de ayuda a los más pequeños ante los cambios que se avecinan en sus vidas, el nuevo mundo que se va a abrir ante sus ojos.
Y atentos los papás y mamás, que se acerca la época de matrícula. Ya les informaremos.
Y atentos los papás y mamás, que se acerca la época de matrícula. Ya les informaremos.
¡Vamos a la cama que hay que descansar...!
¿Saben cómo se iban los niños a la cama hace muchos años? A eso de las siete de la tarde, la Familia Telerín avisaba de que ya era hora de prepararse para ir a dormir porque luego empezaba la programación para los adultos. En esa época la tele no tenía colores y sólo había una cadena. Seguro que algunas mamás, papás y abuelos se acuerdan de esta divertida familia.
Deberes de los hijos
Según nos dicen las leyes (y el sentido común), tanto niños como adultos tienen deberes y obligaciones. No es algo opcional como parece ser que se piensa en general. Los niños creen que somos los mayores los que tenemos obligaciones para con ellos, pero ellos también las tienen para con los adultos. Nosotros, padres y maestros, debemos hacerles saber también sus obligaciones y deberes, pero en muchas ocasiones lo dejamos pasar pensando que todavía son pequeños y no entienden las cosas. Por si cabe alguna duda, aquí están los artículos que según la ley española, en su código civil, reflejan dichas obligaciones:
Artículo 154
Los hijos no emancipados están bajo la potestad de los padres.
La patria potestad se ejercerá siempre en beneficio de los hijos, de acuerdo con su personalidad, y con respeto a su integridad física y psicológica.
Esta potestad comprende los siguientes deberes y facultades:
1.º Velar por ellos, tenerlos en su compañía, alimentarlos, educarlos y procurarles una formación integral.
2.º Representarlos y administrar sus bienes.
Si los hijos tuvieren suficiente juicio deberán ser oídos siempre antes de adoptar decisiones que les afecten.
Los padres podrán, en el ejercicio de su potestad, recabar el auxilio de la autoridad.
Artículo 155
Los hijos deben:
1. Obedecer a sus padres mientras permanezcan bajo su potestad, y respetarles siempre.
2. Contribuir equitativamente, según sus posibilidades, al levantamiento de las cargas de la familia mientras convivan con ella.
Para ilustrar este tema, les dejo dos vídeos muy recomendables de Emilio Calatayud, juez de menores en Granada:
Artículo 154
Los hijos no emancipados están bajo la potestad de los padres.
La patria potestad se ejercerá siempre en beneficio de los hijos, de acuerdo con su personalidad, y con respeto a su integridad física y psicológica.
Esta potestad comprende los siguientes deberes y facultades:
1.º Velar por ellos, tenerlos en su compañía, alimentarlos, educarlos y procurarles una formación integral.
2.º Representarlos y administrar sus bienes.
Si los hijos tuvieren suficiente juicio deberán ser oídos siempre antes de adoptar decisiones que les afecten.
Los padres podrán, en el ejercicio de su potestad, recabar el auxilio de la autoridad.
Artículo 155
Los hijos deben:
1. Obedecer a sus padres mientras permanezcan bajo su potestad, y respetarles siempre.
2. Contribuir equitativamente, según sus posibilidades, al levantamiento de las cargas de la familia mientras convivan con ella.
Para ilustrar este tema, les dejo dos vídeos muy recomendables de Emilio Calatayud, juez de menores en Granada:
viernes, 5 de marzo de 2010
Vamos a poner la felicitación de Navidad al buzón
Los niños de 4 años poniendo la felicitación de Navidad para sus familias en el buzón. ¡Mil gracias a las mamás que nos acompañaron!
miércoles, 3 de marzo de 2010
Los niños de Infantil
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